sábado, 4 de junio de 2011

El Ejecutivo Nacional le respondió a Diputados Expte 2543: Sobre Vial costero de Vicente López.Iniciado por Asamblea de vecinos de V.L

Parece que las autoridades no quieren cumplir con el mega II.No les importa nuestra opinión, solo valorizan los 113 alegatos restringuidos y tramposos realizados sin información veraz. Las miles de firmas de vecinos no tienen importancia. El viernes 17 a las 20 hs nos reuniremos los integrantes de la Asamblea de Vecinos de Vicente López, en lugar a confirmar para analizar la situación.
ATENCIÓN!Desconocemos otra convocatoria que no sea la presente

Asamblea de Vecinos de Vicente López.

Por Obras Municipales de la Municipalidad NUNCA pasaron las audiencias públicas truchas de García. En la Municipalidad dicen que están en La Plata expedientes 4119-5999/06 y 4119-6003/06. El impacto ambiental expte 4119-3638/09 no se puede mostrar por que un Director lo guardó en su oficina.
El fiscal Broyad de Vicente López a solicitud nuestra enviará a Fiscalía General de San Isidro la denuncia para que se investigue al Fiscal Claudio Scapolán, él no podía hacerlo, nos aseguró, por que se trataba de un par suyo. Scapolán desestimó nuestra denuncia por el incumplimiento del mega II y la represión en San Martín y el río el 16/3. Raúl Molinas, Secretario del Diputado Jorge Alvarez, Presidente de la Comisión de Asuntos Municipales de la H.Cámara de Diputados de la Nación , donde se encuentra nuestro expediente 2543 por el vial costero sin ser tratado desde marzo, nos propuso que hablemos en esta semana para ver cuando hay reunión de comisión.

El Diputado Nacional Norberto Erro integra dicha comisión y sería el instigador de frenar el tratamiento del pedido de informes. Norberto Erro fue el 24/12/2004 Presidente del Concejo Deliberante de Vicente López a las 4 am. En conjunto con García son los artífices del ocultamiento de la privatización de nuestra costa.


A quien tenga dudas sobre el comportamiento de Norberto Erro le sugerimos que solicite la copia taquigráfica de la sesión para confirmar nuestras denuncias.
Basta de corrupción!


NO AL VIAL COSTERO K!


El OPDS provincial caratuló el expediente que le llegó de Vialidad Nacional por el vial costero nº2145-11564/2011. Expedientes de Vecinos de la Asamblea de Vicente López: 2145-111/06 y 2145-11335/2011. Está realizando un informe a partir de las denuncias de la Asamblea de Vecinos de Vicente López y solicitud de intervención tanto al OPDS como a Unidad Gobernador por parte de la Asamblea.


Por otro lado exigimos a las agrupaciones de Vicente López que han solicitado firmas a los vecinos en cantidad de miles que las presenten en la Cámara de Diputados, en un juzgado o en la Defensoría del Pueblo de la Nación y dejen de estafar a los vecinos ocultando firmas que fueron recolectadas con el objetivo de ser presentadas. La inescrupulosa que ha recepcionado las firmas es la Arquitecta Piera Aglietta, pues nunca las ha presentado y se especula que han sido utilizadas con fines personales poco claros.


Los logros han sido posibles gracias a las firmas aportadas por la Asamblea de vecinos de Vicente López en un total de 14.000.



Respuesta de Vialidad Nacional a la Cámara de Diputados de la Nación expte 2543 sobre el incumplimiento del MEGAII respecto del Vial Costero.Los vecinos hemos iniciado este expediente de acuerdo a las pruebas que recolectamos.


¿Qué es el MEGAII?


Resolución 1604/07 que da nacimiento al MEGAII, publicada en el Boletín Oficial.


Ver:
http://www.vialidad.gov.ar/gestion%20ambienal/archivos/RESOLUCION%201604-07.pdf

¿Qué evitó el Intendente García al no cumplimentar con el MEGAIIen la licitación por el vial costero?


LEGISLACION AMBIENTAL

La Constitución Nacional, reformada en el año 1994, constituye el marco referencial principal ya que introduce el Artículo 41º, donde se manifiesta el derecho de todos los habitantes a un ambiente sano y el deber de preservarlo.

Así mismo en el Artículo 43° se establece que la acción expedita y rápida de amparo se podrá interponer en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente.

En el Artículo 124°, se establece que corresponde a las provincias el dominio original de los recursos naturales existentes en el territorio provincial.

En cuanto al Marco Legal Nacional se ha seleccionado un conjunto de leyes de consulta frecuente.

En el Marco Legal Provincial , se consideran las legislaciones provinciales referidas a la necesidad de presentar Estudios Ambientales fin de obtener la Declaración de Impacto o Aprobación Ambiental correspondiente al proceso de Evaluación Ambiental del Proyecto.

En lo referente a la Normativa Sectorial Ambiental, la DNV ha estado trabajando formalmente en el tema ambiental en relación con la infraestructura vial desde la aprobación, por el Sr. Administrador General, por Resolución A.G. N° 1656/93, y con la intervención previa de la entonces Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano (SRN y AH), del Manual de Evaluación y Gestión Ambiental de Obras Viales (MEGA 93) y su inclusión como documento obligatorio para consultores y contratistas en el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales con que se licita y contrata la obra vial.

En el año 2005 se elaboró una actualización que incluyó temas relacionados con el Patrimonio Cultural y Físico, Plan de Manejo Ambiental (PMA), Gestión ambiental de la zona de camino y Control de especies invasoras y/o plagas en la misma. Este Manual se denominó MEGA Actualizado Versión I – Año 2005.

En el año 2007 se aprobó por Resolución A.G. Nº 1604/07 una actualización completa del Manual de Evaluación y Gestión de Obras Viales. Por lo tanto, se aplica el Manual de Evaluación y Gestión Ambiental para Obras Viales “MEGA II / 2007” en el ámbito jurisdiccional de la DNV y en toda obra financiada por ésta, y como tal figurará en la documentación licitatoria y/o contractual de la DNV. Conforme a lo establecido en el Artículo 3º de la Resolución mencionada, entró en vigencia a partir de la fecha de publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Nación, la cual fue realizada los días 3 y 4 de Enero de 2008.


Adicionalmente el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, la edición 1998 del mismo, aprobada por Resolución A.G. N° 233/99, incorpora la SECCIÓN M-I: Clasificación del Medio Receptor de la Obra Vial Según su Sensibilidad Ambiental.

Además los Estudios de Impacto Ambiental concluyen con Especificaciones Técnicas Ambientales Especiales que se incorporan en las Especificaciones Técnicas Particulares.


Vialidad Nacional reconoce el incumplimiento del MEGA II en la licitación del vial costero. Los Diputados no solicitan que se trate en la Cámara la respuesta de Vialidad Nacional. Los vecinos realizamos un pedido de informes, estamos controlando que se cumplan las leyes. Nuestro expediente Nº 2543 con la respuesta de Vialidad está en la comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Diputados de la Nación. El vial costero es una obra de 54 millones, financiados por el Estado Nacional.



Asamblea de Vecinos de Vicente López

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