El Director de Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires reconoce ante la Fiscalía federal 1(causa 63.869) que los expedientes del decreto 2479/07(Preacuerdo Urbanístico que permite hacer torres , aprobar rellenos y correr la línea de ribera, no están, no los encontraron, no hay nada)En ello, en el decreto sin expedientes, se basa la Municipalidad para aprobar la privatización del Puerto de Olivos. A su vez en el decreto de expedientes robados OMITIERON la prohibición para hacer rellenos por parte de la Municipalidad, hasta hoy vigente, que determina la línea de ribera con el decreto Nacional de 1947, coincidiendo con la Dirección Nacional de Puertos, por tratarse de ser parte del tratado del Río de la Plata que es Ley su ratificación desde 1974(El tratado fue ratificado por el Congreso de la Nación Argentina por la ley N.° 20645 sancionada el 31 de enero de 1974,(ley DJA O-1006 del Digesto Jurídico Argentino) por el gobierno militar de Uruguay por decreto ley N° 14145 del 25 de enero de 1974 y entró en vigencia con el canje de ratificaciones el 12 de febrero de 1974. ) La resolución de Autoridad del Agua también prohíbe actos y hechos en tierras de dominio público provincial como ser las excepciones, helipuerto y ahora Puerto) Además existe el daño ambiental constatado en un expediente actualmente (expte 2436-2522-04) El día de ayer el Ingeniero de proyecto de Terceros del Ministerio de Infraestructura de la Pcia de Buenos Aires Luciano Almirón nos confirmó que NO EXISTE NINGÚN PROYECTO PRESENTADO ANTE LA PROVINCIA POR PARTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VICENTE LÓPEZ COMO HABÍA INFORMADO ANTE LA JUSTICIA EL ARQUITECTO BOTELLO DE LA MUNICIPALIDAD MACRISTA DE VICENTE LÓPEZ , firmado esto en el expediente .
Tampoco se han realizado nunca estudios de impacto ambiental o audiencias públicas con información veraz en nuestra costa.
Hay una causa penal contra el Concejo Deliberante y Municipalidad por la privatización del Puerto y los rellenos ilegales(Causa 63.869). La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió que el Juez competente es el Juez de Garantías n° 5.
Hay una causa penal contra el Concejo Deliberante y Municipalidad por la privatización del Puerto y los rellenos ilegales(Causa 63.869). La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió que el Juez competente es el Juez de Garantías n° 5.
Ni contando con una convalidación provincial que no tiene en cuenta estudios elementales o con ilícitos como desaparición de expedientes Provincial van a impedir que denunciemos ilegalidades y sigamos con la causa penal con el fin de dañar nuestra costa para hacer sus negocios sucios inmobiliarios.
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