jueves, 28 de agosto de 2014

DENUNCIA POR LOS RELLENOS ILEGALES DE MACRI SE ENCUENTRA EN GEODESIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.


La Dirección de Geodesia, cumple funciones ejecutivas destinadas a materializar necesidades técnicas que no hayan sido elaboradas bajo un plan racional.
La tarea específica de la Dirección de Geodesia, es la de realizar la cartografía de la provincia, que exige el conocimiento del suelo en su aspecto geométrico, materia comprendida en la Geodesia y la Topografía. 
NUESTRO  RECLAMO  POR  LOS  RELLENOS  DE  JORGE  MACRI  ESTÁN  EN  GEODESIA.  SE  SUPERPONDRAN  PLANOS  DEL  2007  DE  LA  LINEA  DE  RIBERA  CON  LA  ACTUAL.

EN  2006  SE  HIZO  UN  AMPARO  POR  LOS  RELLENOS  ILEGALES  DE  GARCÍA. 
RESOLUCIÓN  DEL  JUEZ  DONDE  SE  CONCEDE  EL  AMPARO.

RESUELVO: 1) Revocar por contrario imperio la resolución de fs. 96 en cuanto solicita, previo al dictado de la medida cautelar peticionada, el informe previsto por el art. 23 inc. 1º del C.C.A (art.53 del C.C.A)
            2) Conceder la medida cautelar solicitada a fs. 86, punto 4 ordenando al Club Obras Públicas (ex-AGP), suspender el relleno del Río de la Plata y al Municipio de Vicente López, suspender de inmediato la autorización del rellenado con descarga de materiales y desperdicios que se efectúa con residuos en el predio del citado club en la zona de la ribera ubicado en la calle Solís nº 1851, lateralmente por la calle Hipólito Irigoyen y por el otro lado con el Círculo Naval y de frente al Río de la Plata en los márgenes correspondientes al partido de Vicente López. A tal fín líbrese oficio con copia de la presente y de la resolución de fs. 96 a fín de que los accionados contesten el informe circunstanciado en el término de 30 (treinta) días (art. 10 ley 7.166)supeditando el libramiento correspondiente a la oportunidad de quedar firme la presente.
            Previo, preste la parte actora caución juratoria para responder por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar la cautelar acordada. (art. 22 ley 7166)
            3) Rechazar el pedido de revocatoria del auto de fs. 96 en relación a la concesión del plazo de 30 (treinta) días para la contestación del informe circunstanciado que preveé el art. 10 de la ley 7.166
            Consecuentemente, atento el recurso de apelación en subsidio interpuesto, concédese el mismo en relación y en ambos efectos, (arts. 18 y 19 de la ley 7.166)
            Asimismo , previo a su elevación y de acuerdo a lo normado por el art. 56, inciso 4º C.C.A,   se intima a la parte actora a constituír domicilio procesal dentro del radio de la Excma. Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, con sede en calle Mitre nº 3680, 2do. piso de San Martín dentro del término de 5 (cinco) días, bajo apercimiento de tenerlo por constituído en los estrados de la citada Cámara.
            REGISTRESE.- NOTIFIQUESE por secretaría.- ahm 

                                                                     
                                                                        José Abelardo Servin
                                                                                      Juez
VER:
 http://pdf.diariohoy.net/2006/06/10/pdf/06-c.pdf

 PARA  QUE  EL  JUEZ  LEVANTE  EL  AMPARO  SE  REALIZÓ  UN  SIMULACRO  DE  PROCESO  PARTICIPATIVO  DONDE  113  PERSONAS,  INVERSORES,  INMOBILIARIAS  E  INTERESADOS,  OPINARON  SOBRE  EL  PREACUERDO  URBANÍSTICO.  ASI  FUE  COMO  EL  JUEZ  ABELARDO  SERVÍN  LEVANTÓ  EL  AMPARO  Y  APROBARON  LOS  RELLENOS  ILEGALES  CON  EL  DECRETO  2479/07.
NO  SE  PRODUJO  NUNCA  EL  PROCESO  PARTICIPATIVO  CON  INFORMACIÓN  VERAZ  DADO  QUE  EL  DIARIO  LA  NACIÓN  ESTABA  INTERESADO  EN  QUE  NADIE  SE  OPONGA  A  SU  FUTURA  SEDE  DEL  DIARIO,  LA  TORRE  DE  AV.  DEL  LIBERTADOR  AL  100.


INFO  DE  PRENSA  LOCAL  INFORMANDO  SOBRE  ALGO  QUE  NO HA  TENIDO  DISCUSIÓN  REAL  EN  LA  COMUNIDAD
La Ordenanza Nº 23020, promulgada por Decreto Nº 1453 de fecha 19/05/2006 homologó el “PREACUERDO URBANISTICO PARA EL ÁREA RIBEREÑA DE VIENTE LÓPEZ” cuyo texto establecía que el objetivo era …“incorporar nuevos criterios para el tratamiento del sector elaborados a través de un trabajo técnico conjunto, proponer la sanción de los correspondientes marcos normativos y la materialización de acciones ordenadas dentro de una secuencia eficiente, previendo la necesaria evaluación por parte de la Comunidad a través de mecanismos que garanticen su participación como instancia previa a la introducción de cambios a la normativa vigente o la realización de cualquier obra”…: 

a. Anexo 1: Esquema Director, Punto 3: Estructura Urbana y Espacios Circulatorios; 3.1.: Vial Costero: Se impulsa en primer lugar el completamiento de la traza del Paseo Costero con características que permitan preservar el carácter recreativo de ésta vialidad de tránsito lento. 

3. El Decreto Nº 1640/06 crea el Registro de Alegaciones y/u Oposiciones. 

4. La convocatoria se publica en el Boletín Municipal, el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, un diario matutino de alcance nacional y un periódico zonal durante tres días consecutivos, ello sumado a la campaña de difusión masiva dispuesta por el Departamento Ejecutivo con fijación de afiches en la vía pública, difusión por la página Web y la instalación en una oficina ubicada en el Paseo de la Costa como lugar de exposición y consulta con personal idóneo y capacitado para responder consultas y dudas. 

5. El 12/07/2006 se declaró el Cierre del Registro de Alegaciones y/u Oposiciones, dejándose constancia de la totalidad de las presentaciones recepcionadas, correspondiente a la cantidad de 113 (ciento trece) notas y 2 (dos) expedientes. 

POR  LO  TANTO,  ESTÁ  PENDIENTE  EL  PROCESO  PARTICIPATIVO  E  INCUMPLIDO  EL  PREACUERDO,  ENTONCES  EL  RELLENO  DE  2007  ES  INVALIDO,  DEBERÍA  TOMARSE  LA  LINEA  DE  RIBERA  ANTERIOR  A  2007  PARA  COMPARAR  CON  LOS  RELLENOS  DE  2012.
SI  SE  MIDE  EN  RELACIÓN  AL  RELLENO  APROBADO  EN  2007  DICE  EL  DECRETO  2479/07  QUE  ESTÁ  PROHIBIDO  EL  RELLENO. JORGE  MACRI  HABRÍA  INCUMPLIDO  DEBERES  DE  FUNCIONARIO  PÚBLICO.

H.YRIGOYEN
ROMA


ASAMBLEA  DE  VECINOS  DE  VICENTE  LÓPEZ

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