En dicho juzgado se efectuaron los trámites para comprobar que se han obtenido los permisos correspondientes para proveer de energía y el resultado fue escaso.
Edenor no cuenta con antecedentes, salvo 2 inicios de expediente sin aprobar para conectarse (por 1000 kw , trámite edificio La Nación y 500 kw para Ribera SA)...Empleados de Edenor argumentaron que solo una torre tiene conexión eléctrica..
Anteriormente, la empresa de energía había intentado le aprueben la construcción de una subestación, con potencia muy superior a la conexión que pretende actualmente el diario La Nación ¿Cuál es la potencia real que necesita para desarrollar sus actividades, la solicitada en primera instancia o la de los 1000kw?La empresa Ribera fue quien le solicitó a Edenor le provean de energía para su desarrollo Al Río, pero Edenor exigió requisitos no cumplidos por los empresarios. No sabemos como ni porque Edenor pasó a reemplazar a Ribera solicitando que el Estado Nacional pague una obra de mas de 30 millones, para la subestación que beneficiaría al Edificio de La Nación...El OPDS , que es la autoridad competente, no cuenta con expediente alguno respecto al proyecto Al Río, el cual incluye al edificio de La Nación...
Respecto de las excepciones, la empresa Edenor no informó de manera completa al juzgado, en su sede central no cuentan con ningún expediente sobre el tema.
Muchos vecinos temen que las últimas excepciones aprobadas por los concejales que responden a Jorge Macri perjudiquen, por la escasez de energía, a la zona de Olivos, lo cual es muy probable dado que no existe infraestructura.
La necesidad de energía eléctrica para abastecer los negocios inmobiliarios hoy proviene de la red antigua, dejando sin luz o al límite a gran cantidad de vecinos...
El colegio de arquitectos no informa sobre la desigualdad respecto al insumo de energía en la zona dado que la antigua red apenas abastece a los vecinos actuales...
La escuela de técnicos, que funciona a dos cuadras de la Municipalidad, es la única que aporta a Ribera y al diario La Nación un inicio de trámite, sin sello municipal, para la provisión de electricidad...
Consultamos con arquitectos y todos coinciden en que va a haber problemas con la energía, en la medida que estas excepciones no cuentan con la infraestructura previa a las obras y que sus desarrolladores deberían haber obtenido tanto permisos como energía antes de comenzar las obras y no después de terminadas cuando toman de la red antigua, lo cual perjudica a muchísimos vecinos. Además opinan que no lo hacen porque, sencillamente, no consiguen que les aprueben en la zona, permiso alguno. Sospechan que las factibilidades eléctricas presentadas en el concejo deliberante de Vicente López no cuentan con el aprobado de ningún ente o autoridad competente y que se trataría solo de inicio de trámites.
Datos sobre la subestación aludida:
VISTO: El Expediente ENRE Nº 35.516/2011, y
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO:
Que
mediante la nota de Entrada N° 186.727 obrante a fojas 1/60, la “EMPRESA
DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA” (“EDENOR S.A.”),
solicitó a este Ente la emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad
Pública para la construcción de la nueva S.E. N° 52 OLIVOS 132/13,2 kV – 2x40
MVA y sus electroductos de alimentación, en la zona ribereña del partido de Vicente
López (provincia de Buenos Aires), en los términos del Artículo 11 de la Ley N ° 24.065, de la Resolución ENRE N°
467/2009 y su modificatoria la Resolución ENRE N° 257/2011.
Que de acuerdo a lo
manifestado por la
Distribuidora , el objetivo de la obra es garantizar el
suministro eléctrico en condiciones adecuadas de calidad de servicio a los
clientes existentes y futuros del partido de Vicente López.
Que de esta manera,
“EDENOR S.A.” prevé absorber el crecimiento de la demanda del área, que ha
sufrido un incremento promedio entre los años 2005 y 2010 del orden del TRES
COMA OCHO POR CIENTO (3,8%) en las subestaciones Libertador, Saavedra, Vicente
López y Edison 13,2 kV, que se verán afectadas por el ingreso de la nueva
subestación, y donde se prevé que se sostenga esa tendencia, fundamentalmente
debido al desarrollo de nuevos emprendimientos inmobiliarios y comerciales,
principalmente en la zona ribereña del partido, plan impulsado y promovido por
el Municipio de Vicente López.
Que a su vez, la nueva
subestación permitirá descargar las actuales subestaciones Vicente López,
Saavedra y Edison, y también hará posible absorber la densidad de demanda,
siendo que la densidad media de la demanda asociada es del orden de los 2
MW/km2, alcanzando en algunos sectores los 7 MW/km2.
Que de acuerdo a los
registros presentados por “EDENOR S.A.”, la calidad de servicio del área de
influencia de la nueva SE OLIVOS se verá mejorada a partir de su puesta en
funcionamiento, al reducirse los índices de las redes de Media Tensión, tanto
forzados como programados que, a modo de referencia, son de DOS (2)
interrupciones/cliente (SAIFI ATint + MT) y de TRES COMA NUEVE (3,9)
horas/cliente (SAIDI ATint + MT).
Que el presupuesto
estimado para las obras referidas es del orden de PESOS TREINTA Y CINCO
MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($
35.265.889), con un plazo de ejecución de catorce (14) meses.
Que la nueva
subestación se construirá en un predio cedido por la Municipalidad de
Vicente López, en una parcela ubicada en la intersección de las calles
Bartolomé Cruz y el Vial Costero.
Que la SE Olivos se alimentará
con el cable N° 160 de 132 kV, que interconecta las SS.EE. Edison y Nuevo
Puerto, y estará equipada con un tablero de 13,2 kV formando dos (2) secciones
de NUEVE (9) salidas cada una (OCHO -8- cables y un -1- futuro banco de
capacitores), además de los dos (2) transformadores de potencia de 40 MVA y sus respectivos
interruptores y seccionadores para maniobra y protección y auxiliares en baja
tensión asociados a estas funciones.
Que el conjunto se
complementa con un sistema de comunicaciones por fibra óptica que acompaña los
cables de 132 kV, que permitirán telecomandar la Subestación desde el
Centro de Control Edenor.
Que el cable N° 160 que
une las SS.EE. Edison y Nuevo Puerto se seccionará en DOS (2) puntos, en los
que se montarán sendos juegos de empalmes de transición que vincularán dicho
cable con DOS (2) simples ternas nuevas de Cable Subterráneo de Aislación
Sintética Sólida (XLPE) de 132 kV y 800mm2 de sección, quedando el tramo de
cable entre la SE Olivos
y la SE Nuevo
Puerto con la misma denominación, es decir, cable N° 160, y el que vinculará la SE Olivos con la SE Edison se renombrará
con el N° 660.
Que una traza de dicho
tendido se desarrollará por la vereda norte de la futura calle Aristóbulo del
Valle Sur, interna del emprendimiento inmobiliario ALRÍO, desde su intersección
con Avenida del Libertador hasta la calle Bartolomé Cruz y el Vial Ribereño, a
lo largo de CUATROCIENTOS DIEZ (410) metros, donde se emplazará la SE Olivos ; la otra
terna, de DOSCIENTOS NOVENTA (290) metros, lo hará por la vereda este de la
futura continuación de la calle Bartolomé Cruz en la Ciudad AUTÓNOMA de
Buenos Aires, desde su intersección con la calle Zufriategui hasta la SE Olivos , Partido de
Vicente López.
Que el electroducto de
alimentación estará ubicado en el interior de un caño de polietileno de alta
densidad de CIENTO SESENTA (160) mm de diámetro, en configuración tresbolillo,
inmersos en un macizo de hormigón calidad H17, a una profundidad de UN METRO Y
TREINTA CENTÍMETOS (1,30m) de tapada; en todos los casos en los que el macizo
se ubique en vereda, la distancia mínima a la línea municipal será de DOS
METROS Y CINCUENTA CENTÍMETROS (2,50
m .).
Que dentro del macizo
de hormigón se colocará un tritubo de PEAD para alojar un cable de fibra óptica
para telecomando, y en el centro del trébol un monoducto de polietileno de alta
densidad para alojar un cable de fibra óptica para monitoreo del cable de
energía.
Que agrega el
Departamento Ambiental, que “EDENOR S.A.” deberá tomar todos los recaudos a fin
de tener en cuenta los requerimientos de la Resolución SE N°
77/1998 en el diseño y construcción de la nueva subestación, a fin de que los
valores de campos eléctricos y de inducción magnética a nivel de la línea
municipal sean “…tan bajos como sea razonablemente alcanzable…”.
Que concluye que la Distribuidora deberá
contar, previo al otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad
Pública, con el Certificado de Aptitud Ambiental otorgado por el Organismo
Provincial de Desarrollo Sostenible (OPDS) de la provincia de Buenos Aires, y la Declaración de Impacto
Ambiental expedida por la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
No hay comentarios:
Publicar un comentario