viernes, 22 de enero de 2010

Triunfo parcial de una de las luchas de la Asamblea: No pagarán el ABL los jubilados con la mínima

Parcial triunfo de la Asamblea por el aumento del abl .Luego de tanto reclamar!

¿Qué sucede con los amentos inconstitucionales del 2008 y del 2009 que aplastan a los vecinos/as que no ganan la mínima en sus jubilaciones?

La info dice lo siguiente:

A partir del 1 de marzo de 2010 y hasta el 20 de julio del mismo año, podrán los vecinos tramitar la eximición, el tramite se podrá realizar en la Subdirección de inmobiliario, Avenida Maipú 2609, Of 07, o en todas las Delegaciones Municipales, de lunes a viernes de 8 a 13.
Quienes realicen el trámite por primera vez deberán cumplir con los siguientes requisitos:Ingresos mensuales de jubilados y pensionados, hasta dos jubilaciones mínimas.Ingresos por discapacidad, hasta 6 jubilaciones mínimas.Ser titular del único bien inmueble que esta clasificado como categoría 1 (vivienda exclusivamente) que se utilice como vivienda permanente y que este encuadrada en una Ordenanza Fiscal vigente.Las proporciones en las que esta medida beneficiará a los vecinos será de la siguiente manera:100% Valuación hasta $150.00050% Valuación desde 150.001 hasta 200.000.30% valuación desde 200.001 hasta 250.000.Discapacidad valuación hasta 200.000Suspensión Valuación desde 250.001 hasta 300.000La siguiente, es la documentación solicitada (fotocopias y originales):Fotocopia de documento con domicilio actualizado.Fotocopia de Escritura y/o declaratoria de herederosFotocopia de la última boleta del tributo ALCVP y SVFotocopia del último recibo de haberes/ DNI de grupo convivienteFotocopia de certificado de defunción en caso de viudezFotocopia de libreta de matrimonio/nacimiento hijosConstancia de CUIL.Divorciados: Fotocopia de sentencia de divorcio y convenio de disolución de la sociedad conyugal.Discapacitados: certificado emitido por ente Provincial/Nacional actualizado.Apoderados: Con DNI y certificado de supervivencia del titular.Extranjeros: Constancia del consulado del país de origen, que certifique que no perciben ninguna jubilación, pensión u otro beneficio.Para Renovación de prestación 2009:Fotocopia de la última boleta del tributo ALCVP y SV.Fotocopia del último recibo de haberes/ DNI de grupo convivienteFotocopia del documento del titular y del grupo conviviente, con domicilio actualizado.Apoderados con DNI y certificado de supervivencia del titular.Cabe destacar que el otorgamiento de la exhibición queda sujeto al análisis de la documentación que se presente y lo normado en la Ordenanza Fiscal vigente y Leyes subsidiarias.
Asamblea de Vecinos de Vicente López

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